En ocasiones, por motivos ajenos a la Gestora de la Cooperativa, la construcción de tu vivienda no llega a iniciarse o se entregua con retraso respecto al tiempo estipulado en el contrato de adjudicación. Este supuesto también está contemplado por la Ley y, en este caso, también te protege como cooperativista. Te explicamos las 2 alternativas que tienes:
Dispones del plazo de 2 años desde el incumplimiento de la obligación garantizada por la Gestora para solicitar su rescisión y, por tanto, la devolución de las cantidades entregadas.
Esta prórroga se hará constar en una cláusula adicional del contrato de adjudicación inicialmente otorgado, especificando el nuevo período de terminación y entrega.