Hay muchos modelos de contrato de preasignación de vivienda en régimen de cooperativa, pero es importante que todos reflejen al menos las cláusulas que vamos a explicarte en esta sección.
En el contrato debe aparecer la vivienda y/o garaje que ha elegido el socio cooperativista en la que se indique el portal, la planta, la puerta, el trastero vinculado y el número de garaje.
Debe aparecer el valor de adjudicación atribuido por la Cooperativa a los inmuebles elegidos por el socio cooperativista.
En el momento de la firma del contrato se le entrega al socio cooperativista la valoración estimada y la forma de pago.
Si en el momento de la firma del contrato de adjudicación el precio de los bienes se hubiera incrementado, el socio cooperativista podrá desistir de la adjudicación.
En el momento de la firma del contrato se le entrega al socio cooperativista la valoración estimada y la forma de pago.
Si en el momento de la firma del contrato de adjudicación el precio de los bienes se hubiera incrementado, el socio cooperativista podrá desistir de la adjudicación.
Todas las cantidades aportadas por el socio cooperativista quedarán separadas de cualquier otro fondo de la Cooperativa y garantizadas mediante aval bancario o póliza de seguro.
El socio cooperativista solo puede echarse atrás si el valor de adjudicación de la vivienda es mayor al que figura en el contrato de preasignación. De lo contrario, perderá los 3.000€ abonados salvo que haya lista de espera o entre otro cooperativista en su lugar.
El socio cooperativista solo puede echarse atrás si el valor de adjudicación de la vivienda es mayor al que figura en el contrato de preasignación. De lo contrario, perderá los 3.000€ abonados salvo que haya lista de espera o entre otro cooperativista en su lugar.
El contrato de preasignación se considerará vigente desde su firma hasta que sea sustituido por el de la adjudicación definitiva.
Esto sucederá una vez se haya obtenido la licencia de obras, otorgado la escritura de compraventa del solar y formalizado el préstamo promotor.
De no llegarse a realizar la operación por falta de adjudicatarios, el contrato se resolverá sin más obligación entre las partes que la devolución del depósito entregado por el socio cooperativista.
Esto sucederá una vez se haya obtenido la licencia de obras, otorgado la escritura de compraventa del solar y formalizado el préstamo promotor.
De no llegarse a realizar la operación por falta de adjudicatarios, el contrato se resolverá sin más obligación entre las partes que la devolución del depósito entregado por el socio cooperativista.
Junto con el contrato de preasignación se deberá entregar la siguiente documentación adjunta:
– Plano del solar.
– Ficha de la vivienda y de la planta del edificio al que pertenece, según el proyecto de redacción.
– Valoración y forma de pago.
– Plano del solar.
– Ficha de la vivienda y de la planta del edificio al que pertenece, según el proyecto de redacción.
– Valoración y forma de pago.
En el contrato debe figurar el domicilio de la Cooperativa y el del socio cooperativista para cualquier comunicación relacionada con el contrato.